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23 Jun 2010

Cambios en el reglamento de arbitraje de judo de la FIJ y características deseables para el arbitraje en judo

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El reglamento de Judo de la FIJ ha sufrido modificaciones relevantes durante los dos últimos años. Estas modificaciones estaban fundamentalmente dirigidas hacía los objetivos de…

Autor(es): Escorial Martín, Sergio
Entidades(es): Univesidad Compluense de Madrid
Congreso: XII Congreso Nacional de Psicología de la Actividad Física y el Deporte
Madrid – 23-26 de Juniode 2010
ISBN:978-84-614-1163-4
Palabras claves: judo, reglamento, arbitraje

Resumen cambios en el reglamento de arbitraje de judo

El reglamento de Judo de la FIJ ha sufrido modificaciones relevantes durante los dos últimos años. Estas modificaciones estaban fundamentalmente dirigidas hacía los objetivos de a) Hacer del Judo un deporte más vistoso de cara a una mayor difusión en los medios de comunicación, b) Diferenciar al Judo de otros deportes de combate como puedan ser la lucha o el sambo, y c) Hacer que los combates de Judo sean mucho más dinámicos y activos, pensando especialmente en espectadores que no tienen porque ser practicantes de Judo. Todos estos cambios en el reglamento de la FIJ han propiciado la necesaria adaptación de todos los colectivos implicados en este deporte: competidores, entrenadores y árbitros. El objetivo que se persigue con este trabajo es doble: a) Sondear la opinión de los tres estamentos (deportistas, entrenadores y árbitros) acerca de las principales modificaciones producidas en el reglamento de arbitraje de la FIJ y b) Contrastar empíricamente hasta que punto dichas modificaciones alteran la percepción que cada estamento tiene sobre las características deseables en al arbitraje y el juicio deportivo en Judo que fueron publicadas en un trabajo previo (Escorial, 2006). Para ello se analizará una muestra compuesta por 89 competidores, 32 entrenadores y 59 árbitros. Los resultados obtenidos apuntan a que, con alguna excepción, los cambios producidos en el reglamento FIJ son percibidos como positivos por los tres estamentos y a que, en líneas generales, estos cambios no alteran la percepción de las características deseables en el arbitraje del estudio previo (Escorial, 2006).

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