CÓDIGO DE LEGISLACIÓN DEPORTIVA
ISBN: 978-84-8342-196-3
Editorial: COLEX
Sinopsis: Hay que reconocer que los avances telemáticos y los abundantes y completos bancos de datos pueden hacer innecesarias obras que como la presente se ofrecen en papel impreso. El valor añadido y su edición se justifican solo si ofrecen información novedosa, que no figure en otras fuentes más completas. Y eso sucede aquí gracias a la sistemática. El Índice general es la mejor aportación doctrinal a lo que debe ser el llamado Derecho deportivo. Los buscadores telemáticos rastrean millones de palabras pero lo hacen a ciegas sin un criterio analítico y sistemático.
La claridad está unida al sistema y a la síntesis. Al sistema porque la lógica permite localizar con más facilidad la norma aplicable a una determinada situación. Y a la síntesis porque el exceso de información daña más que ayuda en el momento de la búsqueda. La experiencia con los repertorios informáticos de jurisprudencia es bien sabida: el localizador selecciona un material jurisprudencial tan abundante que a penas sirve sin un cuidado análisis del contenido de la propia información.
En lo que hace a la citada síntesis añadir que se han reproducido en el texto únicamente las disposiciones de mayor rango: preceptos constitucionales, convenios internacionales ratificados por España, disposiciones asiladas del código penal, leyes y decretos, dejando fuera las órdenes ministeriales y las resoluciones, la mayoría del Consejo Superior de Deportes, que se citan a pie de página salvo alguna excepción. Precisamente la facilidad de la localización en otros formatos, una vez conocida la disposición, y su naturaleza más efímera sometida a modificaciones más frecuentes desaconsejan la reproducción en letra impresa. Todo ello repercute en un texto más reducido, idea compartida por el editor.
La dispersión y heterogeneidad de las normas ponen de manifiesto la necesidad de tratar esa parcela de la realidad social, acotada por el vocablo deporte o actividades deportivas, bajo un solo criterio ordenador. Se trata de un sector especial con valores y necesidades que justifican una legislación autónoma y especial. Esa especialidad se ve reflejada en la necesidad, por ejemplo, de una ley especial sobre el dopaje ante la insuficiencia de las previsiones del código penal una ley sobre derechos audiovisuales de acontecimientos deportivos pues resulta insuficiente la ley general de la propiedad intelectual; una ley general sobre el deporte que no tiene parangón con ninguna otra ley general; unas disposiciones laborales especiales para el deportista donde la brevedad de su carrera impide cualquier asimilación al régimen laboral general; una fiscalidad que respete las características del deporte portador de valores culturales y de salud, finalidades ausentes en la mayoría de las actividades lucrativas sometidas a una tributación general, un régimen administrador disciplinario y sancionador especial pues no puede equipararse la vida y organización del deportista a la de cualquier ciudadano sometido a un régimen común; y lo mismo puede decirse sobre la educación y títulos habilitantes pues nadie negará que el deportista requiere una formación especial.
Los ejemplos anteriores han sido tratados adecuadamente por el legislador que ha dictado normas especiales y este Código de Legislación Deportiva es una buena prueba de ello.