SUPLEMENTOS ¿PUEDES DAR POSITIVO? (II)
Suplementos – ¿Pueden hacer al deportista que “dé positivo”? (2ª parte)
1ª Parte: https://altorendimiento.com/suplementos-puedes-dar-positivo-i/
¿En que consiste el Programa de Información de los Suplementos?
El esquema que lleva funcionando algún tiempo en Australia, provee información práctica a los atletas relacionada con el estado actual de los suplementos. El esquema hace que los fabricantes analicen sus productos a través de una tercera parte independiente. Este proceso de análisis asiste a los fabricantes para que proporcionen garantías legales por escrito, corroborando la inexistencia de sustancias prohibidas en sus productos y la autenticidad de los ingredientes que componen sus productos.
Este esquema también ofrecerá la posibilidad de que los deportistas estén más informados y seguros del estado actual de los suplementos alimenticios en el deporte. Sin embargo, la garantía dada por un fabricante, no protegerá al atleta de una posible sanción en el caso de dar positivo en un control. El deportista seguirá teniendo una condición estricta de culpabilidad (los deportistas son totalmente responsables por las sustancias que se encuentren en su organismo). El atleta debe también ser consciente de que aunque un producto haya sido testado y de muestras de estar limpio, no se ofrece la garantía de que otra remesa del mismo producto quede libre de contener sustancias prohibidas.
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Generalmente, Los científicos deportivos y expertos en dopaje consideran que los productos australianos conllevan un menor riesgo comparado con los productos provenientes de otros países. Esto, no se refiere a los productos vendidos en Australia sino a los “fabricados” allí y también a los importados a Australia para que comprobar si cumplen la normativa de las FSANZ y TGA. El riesgo de que los productos australianos den positivo, ha sido vastamente reducido por el hecho de que las “pro-hormonas” son prohibidas por las leyes australianas de arancel, lo que evita que lleguen al producto que se fabrica.
La compra de productos extranjeros, mediante correo postal, Internet o cuando viajamos fuera, expone al atleta que compra suplementos a diferentes y más débiles regulaciones. Comparados con el sistema australiano, en países como USA hay menos regulación en la fabricación y promoción de los suplementos alimenticios. Por ejemplo, las pro hormonas son ingredientes permisibles y son preparaciones, suplementos o alimentos deportivos que pueden ser adquiridos sin receta médica (En USA). Siguiendo con los Estados Unidos como ejemplo, todos los tipos de suplementos alimenticios deportivos y no alimenticios caen bajo la jurisdicción de la FDA (Food and Drug Administration), es decir, la Administración de Alimentos y Drogas. Para entendernos, la FDA ha sido el organismo encargado recientemente de prohibir la Efedra.
Una ley cursada en 1994 redujo la regulación de los suplementos dietarios y amplió la categoría para incluir un mayor número de ingredientes dentro del mismo saco (p. Eje. productos herbáceos o botánicos). En el mismo país la responsabilidad ha sido trasladada del fabricante a la FDA, con la intención de reforzar las normas de seguridad y afirmaciones (publicitarias o de etiquetado). Pero la FDA sólo tiene permitido analizar un suplemento cuando ha surgido algún problema de seguridad y este ha sido formalmente denunciado. Los requerimientos para una buena práctica en la fabricación y el etiquetado han sido incluidos en la DHEA, pero el refuerzo ha sido bajo.
Con la ausencia de una evaluación gubernamental rigurosa, el control de calidad en la fabricación de suplementos queda confiado a las empresas de suplementos. Muchas compañías puede que alcancen un buen control de calidad en lo referente a la exactitud en los niveles de cada ingrediente y el etiquetado, y puede que consigan evitar que el mensaje sobre el contenido de ingredientes y su contaminación sea menos claro. Sin embargo, hay pruebas para demostrar que este control no ocurre con todos los tipos de suplementos o fabricantes. Algunas publicaciones e informes oficiales revisados por paneles científicos sobre los suplementos vendidos fuera de Australia, han concluido que la contaminación, mal-etiquetado y variabilidad en la composición del producto todavía ocurre.
Al final de este informe, hemos incluido alguna bibliografía para soportar lo expuesto en ambas partes de este artículo. Estas referencias también incluyen un estudio del laboratorio acreditado por el COI (Comité Olímpico Internacional) que muestra que algunos suplementos manufacturados en USA estaban contaminados con cantidades muy pequeñas de pro hormonas, las cuales pueden causar que el atleta dé positivo en un control antidopaje.
¿Entonces, a dónde vamos desde aquí?
Algunos expertos ofrecen las siguientes sugerencias:
- Educar a entrenadores, atletas, preparadores físicos, técnicos y todo el personal médico-deportivo. El mensaje: siempre existirá el riesgo de que los suplementos alimenticios puedan dar positivo en un control, y que la responsabilidad recae sobre el atleta. El riesgo es pequeño pero real y el precio a pagar es una pérdida substancial de dinero (si eres profesional), la dignidad del deportista, echar por la borda esfuerzos de muchos años y problemas potenciales con terceros como puedan ser los familiares y amigos; en fin, el respeto.
- Desarrollar programas que asistan a los deportistas a distinguir los niveles de riesgo entre diferentes suplementos. Un buen ejemplo, es el Supplement Information Scheme en Australia, mencionado anteriormente.
- Con el intento de excusar a los deportistas que alegan que el resultado de un test positivo ha sido causado por el consumo de un suplemento. Una vez el deportista haya dado positivo, esta alegación es casi imposible de probar. Incluso pudiendo probar que un suplemento contiene substancias prohibidas…
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¿Cómo podemos probar que el atleta ha consumido tal suplemento de forma inadvertida, o que el atleta no ha consumido otros agentes vedados?
El (ICAS) Internacional Court of Arbitration for Sport mantiene que los deportistas son responsables por ofensas en el consumo de drogas, pues tienen el deber de ser conocedores de las sustancias prohibidas y deben saber lo que ingieren. Aunque es triste pensar que los atletas inocentes pueden ser castigados, los mensajes sobre la educación de las drogas deja suficientemente claro que los deportistas son responsables de sus propias acciones.
Dar presión a los fabricantes de suplementos para que promuevan y fabriquen sólo productos de alta calidad bien etiquetados. Esto no está en nuestras manos como técnicos, entrenadores o atletas, pero sí se ha de trasladar a federaciones y gobiernos, porque es una protección muy eficaz.
Cambiar las regulaciones gubernamentales es una tarea deseable pero casi imposible. La autorregulación puede mejorar si los consumidores demandamos mayores estándares, o si hubiesen verdaderas multas para aquellos que distribuyan productos “contaminados”, pobremente etiquetados que fallen en ofrecer los ingredientes prometidos. La industria de los suplementos florece día a día porque los atletas estamos dispuestos a comprar cualquier cosa que nos anuncia una mejora en el rendimiento. ¿Qué ocurriría si unos cuantos atletas célebres, que hayan tenido sus carreras arruinadas por dar positivo, denunciaran a los fabricantes de un producto que no especifique con transparencia el contenido de una sustancia prohibida? Quizá, estaríamos en una mejor posición, si los atletas dieran el paso de adentrarse en complicadas batallas legales contra los fabricantes de suplementos, en lugar de que lo tengan que hacer las organizaciones deportistas o las agencias de control de dopaje.
Todos los que estamos involucrados en la preparación y educación de deportistas de élite esperamos que algunas de estas estrategias sean pronto implementadas. Mientras tanto, todos los deportistas deben ser conscientes de que el consumo de suplementos conlleva un riesgo pequeño pero real a la hora de dar positivo en un control. Los deportistas necesitan decidir por ellos mismos si este riesgo vale la pena.
En próximos artículos, publicaremos la lista actualizada de productos prohibidos Publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado) bajo el amparo del CSD (Consejo Superior de Deportes).
Autor: Australian Sports Comission y Adaptado por David Arjona Pérez
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